Abogados accidentes laborales Guadalajara - Una visión general
-Si es ocasionada por enfermedad popular y se es último de 31 primaveras, se requiere de un periodo de cotización de un tercio del tiempo laborado desde los 16 primaveras hasta la día de la ocurrencia de la incapacidad.Las razones esgrimidas para articular la inconstitucionalidad, y en el hipotético caso de que no se hiciere punto a la misma, s